Propuesta de enmienda de Bolivia al Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes

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El Secretario General ha recibido una nota verbal de fecha 12 de marzo de 2009 de la Misión Permanente de Bolivia ante las Naciones Unidas, con la cual se adjunta una carta del Excmo. Sr. Presidente de Bolivia, Evo Morales Ayma, de fecha 12 de marzo de 2009, por la que el Gobierno de Bolivia propone una modificación del inciso 1, apartado c) y el inciso 2 apartado e) del artículo 49 de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes (véase el anexo).

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De conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 47 de la Convención, en su forma enmendada, el Secretario General, actuando en calidad de depositario, comunicó a las Partes en la Convención en una notificación del depositario de fecha 6 de abril de 2009 la propuesta de las enmiendas y los motivos de las mismas recibidos de Bolivia.

Asimismo, de conformidad con el inciso 1 del artículo 47 de la Convención, en su forma enmendada, el Secretario General comunica por la presente al Consejo Económico y Social el texto de las enmiendas y los motivos de las mismas recibidos
de Bolivia.

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15 de mayo de 2009
Consejo Económico y Social
E/2009/78

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