Esta acción devolverá la dignidad y el derecho a las personas que consumen la hoja de coca para usos tradicionales y medicinales de ejercer legalmente esta práctica cultural e inofensiva. Por lo tanto, un acuerdo positivo sobre la propuesta de enmienda de Bolivia fortalecerá la Convención Unica puesto que una norma que corrige sus errores se fortalece en su aplicación.
Los incisos afirman que "la masticación de la hoja de coca quedará prohibida dentro de los veinticinco años siguientes a la entrada en vigor de la presente Convencion conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 41", y que cualquiera de las Partes de la Convención Única podrá reservarse el derecho a permitir temporalmente el masticado de la hoja de coca dentro de sus territorios, estando sujeta a cumplir con la restricción establecida en el párrafo 2 e), vale decir que la practica será tolerada por un período de no más de 25 años.
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